Cualquier persona que crea que ha sido objeto de trato desigual o de discriminación en la recepción de beneficios y/o servicios de tránsito por causa de su raza, color, origen nacional o dominio limitado del inglés, tiene el derecho de presentar una reclamación por escrito bajo el Título VI de la Ley de Derechos Civiles, o una reclamación por escrito con respecto a discapacidad bajo el Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA). Como alternativa, se pueden presentar reclamaciones del Título VI con la Administración Federal de Tránsito, en internet, en:https://www.transit.dot.gov/regulations-and-guidance/civil-rights-ada/file-complaint-fta.
También se pueden presentar reclamaciones al Título VI con la Administración Federal de Tránsito en la siguiente dirección:
Federal Transit AdministrationOffice of Civil RightsAttention: Complaint TeamEast Building, 5th Floor - TCR1200 New Jersey Avenue, SEWashington, DC 20590
Las reclamaciones basadas en protecciones de servicios de tránsito cubiertas bajo otros estatutos de derechos civiles, tales como religión, sexo, orientación sexual, identidad de género, edad, etc. se puede presentar en https://www.mckinneytexas.org/155/Housing-Community-Development o llamando a Recursos Humanos al 972-547-7560 o por correo electrónico a CollinCountyTransit@McKinneyTexas.org.
Las reclamaciones basadas en protecciones a servicios de tránsito relacionadas con discapacidad se pueden presentar por correo postal a:
ADA CoordinatorDevelopment Services221 N. Tennessee St.McKinney, Texas 75069.O por correo electrónico: Contact-ADAcompliance@McKinneyTexas.org o llamando a 972-547-2694.
Los siguientes procedimientos cubren las reclamaciones presentadas bajo el Título VI de la Ley de Derechos Civiles, de 1964, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación, de 1973, la Ley de Restauración de Derechos Civiles, de 1987, y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, de 1990, en lo relacionado con cualquier programa o actividad de servicios de tránsito prestado por la Ciudad, así como los sub-beneficiarios, consultores y contratistas de la ciudad. Por ley, cualquier intimidación o retaliación está prohibida por ley.
Los procedimientos no niegan el derecho a la reclamación, presentando reclamaciones formales con otras agencias estatales o federales, o buscar la asesoría privada para reclamaciones por discriminación relacionadas con servicios de tránsito. Todo esfuerzo se hará para obtener una resolución pronta de reclamaciones al más bajo nivel posible. La opción reuniones informales de mediación entre las partes afectadas y el Coordinador del Título VI, puede ser usada para resolución.
El procedimiento de Reclamación por Título VI de la Ciudad de McKinney, con respecto a discriminación en instalaciones, programas y actividades relacionados con servicios de tránsito, está disponible en los siguientes puntos: (marque todos los que correspondan).
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